Ya es oficial: España cambia las normas para blindar sus vías pecuarias frente a la urbanización
La Comunidad de Madrid ha actualizado la normativa para proteger las vías pecuarias frente al desarrollo urbanístico, clasificándolas como suelo no urbanizable protegido.
La nueva ley, en vigor desde el 16 de junio de 2026, modifica el procedimiento de control, permitiendo continuar la tramitación si la Administración no emite informe en tres meses, salvo en dominio público.
Madrid cuenta con más de 4.100 kilómetros de vías pecuarias, que representan el 1,6% de la superficie regional y cumplen funciones ecológicas, recreativas y culturales.
La reforma no elimina la posibilidad de usos compatibles en estas vías, pero obliga a los municipios a tenerlas en cuenta en la planificación urbanística y mantener su protección especial.
Durante siglos sirvieron para trasladar rebaños entre pastos de invierno y verano . Hoy muchas de aquellas cañadas, cordeles y veredas atraviesan municipios que han crecido hasta quedar prácticamente pegados a ellas . Sin embargo, su suelo continúa sometido a una protección especial frente al desarrollo urbanístico.
La Comunidad de Madrid acaba de actualizar precisamente las reglas que deben seguir los planes urbanísticos cuando afectan a estos caminos históricos. La Ley 2/2026, de 11 de junio, modifica la Ley de Vías Pecuarias madrileña y establece expresamente que los instrumentos de ordenación territorial y planeamiento urbanístico deberán clasificarlas como suelo no urbanizable protegido.
La reforma fue publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 15 de junio y entró en vigor al día siguiente , el 16 de junio de 2026. Su alcance se limita, por tanto, a esta comunidad autónoma y no supone una modificación general de todas las vías pecuarias españolas.
La consecuencia de esa clasificación es importante. Una vía pecuaria no puede tratarse dentro del planeamiento como una parcela ordinaria disponible para extender una urbanización. Su condición de terreno protegido debe incorporarse al diseño urbanístico y cualquier actuación que pueda afectarla queda sometida además a la legislación específica de estos bienes.
Madrid tiene motivos para prestar especial atención a estas franjas de terreno. La red regional supera los 4.100 kilómetros, ocupa unas 13.285 hectáreas y representa alrededor del 1,6% de toda la superficie de la comunidad. La Administración contabiliza 1.768 vías pecuarias clasificadas.
No todas tienen la misma anchura. Las grandes cañadas pueden alcanzar los 75 metros; los cordeles, hasta 37,5 ; y las veredas, aproximadamente 20 metros. A ellas se suman coladas, descansaderos y abrevaderos vinculados históricamente al desplazamiento del ganado.
La nueva ley no significa que hasta este verano esas vías pudieran urbanizarse libremente. La anterior redacción de la Ley 8/1998 ya exigía que los instrumentos urbanísticos calificasen las vías pecuarias como suelo no urbanizable protegido.
El verdadero cambio de 2026 está principalmente en el procedimiento mediante el que se controla el planeamiento.
Hasta ahora, el informe del órgano autonómico competente en vías pecuarias se solicitaba antes de la aprobación inicial del plan y tenía carácter vinculante .
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