La sentencia contra SAREB abre la puerta a la eliminación de las cláusulas abusivas de hasta 10.000 alquileres
La sentencia pionera contra Sareb abre la puerta a la eliminación de las cláusulas abusivas de los más de 10.000 contratos del banco malo.
La sección civil del Tribunal de Instancia de Madrid número 88, atendiendo una denuncia de PAH Vallekas, considera cuatro de las cláusulas contempladas en estos contratos de arrendamientos sociales contrarias a la Ley de Consumo y a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) por permitir cláusulas encubiertas, atentar contra la intimidad de los inquilinos e imponer penalizaciones abusivas y desproporcionadas.
Así, las cláusulas de bonificación, acompañamiento social y penalización por falta de desalojo caen, mientras que se anula parcialmente la de reclamación al inquilino de gastos y costas judiciales y el apartado que permite las visitas de la propiedad al domicilio.
Un desmontado completo del modelo que Sareb viene desplegando desde años y que, gracias al caso de Giselli Mateus, primera denuncia en dilucidarse en los juzgados, crea un precedente legal contra el modelo de funcionamiento de los gestores público-privados de vivienda social y asequible, que va más allá de los realizados por Sareb.
La sentencia denuncia que el proceder se basa en "un clausulado uniforme, propio de un modelo de contratación en masa, redactado unilateralmente por la arrendadora en el marco de un programa estandarizado de arrendamiento".
Desde PAH Vallekas consideran que esto expone al Gobierno de coalición, que defiende los alquileres indefinidos, pero no contempla esa figura en los contratos que serán traspasados del banco malo a Casa47.
"Es un golpe al modelo de gestión de vivienda social y asequible público-privada que están impulsando las distintas administraciones, con el Gobierno progresista a la cabeza", destacan.
Los detalles de la sentencia: el porqué de la ilegalidad de las cláusulas La decisión del juez Enrique Aguado confirma lo que los afectados llevaban tiempo denunciando: las cláusulas que la Sareb incluía en sus contratos de alquiler social eran abusivas.
ElPlural.com ya había dado cuenta de estas prácticas en octubre de 2024, después de conversar con representantes de los colectivos de vivienda y con varios de los inquilinos afectados.
Una forma de proceder especialmente difícil de justificar si se tiene en cuenta que el Estado, a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), es el principal accionista del conocido como banco malo.
La sentencia pone ahora el foco en las condiciones que la entidad imponía a sus arrendatarios y que han terminado siendo anuladas por la Justicia.
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