María Cristina Clemente, notaria: «Tener 2 hijos en esta comunidad será considerado familia numerosa con todas las ayudas que conlleva»
España vive un momento en el que el régimen de comunidades autónomas tiene cada vez más competencias.
Por ello, determinadas regiones intentan dar un rumbo a sus políticas que, en ocasiones, difiere de la línea marcada por el Gobierno.
Y lo hacen, precisamente, para diferenciarse y adaptarse a las necesidades de su ciudadanía.Algunas como la Comunidad de Madrid, presidida por Isabel Díaz Ayuso, se han convertido en la región de España que mayores ventajas fiscales de la historia ofrece a sus ciudadanos.
E incluso a quienes se mudan a ella buscando, precisamente, estos beneficios.Sin embargo, no es la única.
Y es que hay una zona de España que ha querido promover dos iniciativas que buscan la fortaleza de la microeconomía, es decir, no grandes datos macroeconómicos, sino que el bienestar y la prosperidad se note de verdad en los hogares y en las familias, dando la oportunidad a los ciudadanos de crecer y de acceder a objetivos como puede ser una vivienda digna en propiedad.Nuevas ayudas para familiasPara ello, esta región ha impulsado dos medidas muy beneficiosas para ciertos sectores de la población, tal y como explica la notaria María Cristina Clemente.
La experta en asuntos legales y fiscales recomienda aprovechar estas ayudas, ya que no suelen ser habituales.«Hay una comunidad autónoma en la que se han anunciado dos medidas.
La primera es que las familias con dos hijos van a tener la consideración de familia numerosa con todas las ayudas y todas las ventajas que eso conlleva».Esta es sin duda una medida revolucionaria, ya que hasta ahora solo se consideraban familias numerosas aquellas que están integradas oficialmente por uno o dos ascendientes (padres o tutores) y tres o más hijos (sean o no comunes), según regula la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas.Sin embargo, es cierto que hay algunos supuestos en los que una familia con dos hijos puede llegar a ser considerada como familia numerosa.Dos hijos cuando uno de ellos tiene una discapacidad del 33% o más, o está incapacitado para trabajar.
Dos ascendientes cuando ambos tienen una discapacidad del 33% o más (o uno de ellos de al menos el 65%) y tienen dos hijos.
Progenitores separados o divorciados con tres o más hijos dependientes (aunque vivan en hogares distintos).
Un progenitor viudo con dos hijos.
Dos o más hermanos huérfanos bajo tutela o acogimiento.Para que los hijos sean considerados miembros que permitan alcanzar la condición de familia numerosa deben tener menos de 21 años, o hasta 25 años si están cursando estudios superiores o formación adaptada.
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