CNDH emite recomendación por muerte de interno con cáncer en Cefereso de Sonora; pide reparación integral del daño
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos ( CNDH ) concluyó que las deficiencias en la atención médica brindada a una persona privada de la libertad con cáncer renal en el Centro Federal de Reinserción Social (Cefereso) 11 de Sonora y en el Hospital General de Especialidades de Hermosillo contribuyeron a su fallecimiento , por lo que exigió la reparación integral del daño a sus familiares.
En la Recomendación 25/2026 , dirigida al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social (OADPRS) y al IMSS-Bienestar , el organismo acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida del paciente.
El caso se originó el 1 de abril de 2024, cuando una persona solicitó la intervención de la CNDH al denunciar que el interno , diagnosticado con cáncer renal, no recibía los medicamentos necesarios para atender su padecimiento.
Lee también Andy López llama a organizarse tras "embestida a la soberanía nacional"; agradece solidaridad Tras investigar los hechos, la Comisión determinó que el personal médico del Cefereso 11 contaba con estudios clínicos del paciente, pero omitió realizar una valoración y seguimiento adecuados, además de no gestionar una revaloración especializada que permitiera definir con precisión el diagnóstico y tratamiento.
La Comisión Nacional señaló que la atención médica proporcionada en el centro penitenciario no cumplió con los estándares científicos y técnicos requeridos y vulneró los principios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad que integran el derecho a la salud.
Cuando el paciente fue trasladado al Hospital General de Especialidades de Hermosillo, estudios médicos confirmaron la presencia de una tumoración renal izquierda.
Sin embargo, tampoco recibió un diagnóstico y tratamiento oportunos.
Lee también ONU respalda actualización de protocolo para investigar desapariciones en México; ayuda a fortalecer búsqueda El organismo documentó que el paciente fue dado de alta el 9 de junio de 2024 pese a que continuaba con anemia severa y sin que se hubiera identificado el foco infeccioso que presentó durante su hospitalización .
Además, nunca fue valorado por el servicio de oncología.
De acuerdo con la CNDH, estas omisiones favorecieron el agravamiento de la enfermedad y derivaron en el fallecimiento de la víctima.
Entre las medidas recomendadas, la Comisión solicitó que las víctimas indirectas tengan acceso a la reparación integral del daño y reciban atención psicológica o tanatológica.
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