El Senado aprobó la amortización anticipada en Ganancias para inversiones desde los USD 12 millones
El Senado aprobó esta tarde la creación de un Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR) que activa beneficios fiscales -amortización en Ganancias, por caso- para planes desde los USD 12 millones y será girado en las próximas horas a Diputados, que definirá una eventual sanción .
El proyecto, empujado desde el inicio de su trámite por el jefe de la Unión Cívica Radical (UCR) en la Cámara alta, Eduardo Vischi (Corrientes), recibió 60 adhesiones en la votación en general y sólo dos rechazos -que impidieron la unanimidad-, que fueron los santacruceños Elena Gadano y José María Carambia .
Las áreas que alcanzaría el texto en cuestión apuntan a “la adquisición, elaboración, fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos -excepto automóviles-, amortizables en el impuesto a las Ganancias , así como a la realización de obras” en “actividades industriales”, o las “relacionadas con sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario”.
También se incorporan los “bienes semovientes incluyendo a las terneras retenidas para reposición y las vinculadas con buques, embarcaciones pesqueras nuevas y/o en equipos nuevos destinados directamente a la captura, conservación, procesamiento y almacenamiento de productos pesqueros y en bienes, maquinarias y equipos nuevos destinados directamente a la transformación e industrialización de la madera y al aprovechamiento productivo de residuos y subproductos forestales”.
Quedan “expresamente excluidos del presente régimen” lo relacionado con “activos financieros, de portfolio y bienes de cambio” .
Para que avance el articulado fue necesaria la incorporación sugerida por el radical Maximiliano Abad (Buenos Aires); el líder del PRO en la Cámara alta, Martín Goerling (Misiones); y el peronista disidente Carlos Espínola (Corrientes), en referencia a un plan de desarrollo que “deberá contener un compromiso de contratación de proveedores nacionales respecto de bienes transables” equivalente, “como mínimo, al veinte por ciento (20%) de la totalidad del monto de inversión destinado al pago de proveedores de bienes transables”, siempre “y cuando la oferta de proveedores nacionales se encuentre disponible y en condiciones de mercado”.
“Cuando haya circunstancias objetivas que lo justifiquen, la autoridad de aplicación podrá darle intervención a la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) a fin de que se expida acerca de si el precio de los bienes importados, excluidos del cómputo del Plan de Desarrollo de Proveedores Nacionales bajo el argumento de que la oferta local de los mismos no era competitiva, refleja condiciones de mercado”, se enfatiza en el proyecto.
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