El Estado debe respuestas por el asesinato de los hermanos Landaeta desde hace 29 años
Igmar Alexander y Eduardo José Landaeta Mejías fueron asesinados por funcionarios policiales en el estado Aragua a finales del año 1996.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó en 2014 al Estado venezolano por la ejecución extrajudicial de los hermanos Landaeta Mejías, pero su familia no ha visto cumplirse ni una sola de las reparaciones ordenadas.
El jueves 10 de septiembre fue suspendida por séptima vez la audiencia final de un juicio que ya lleva casi cuatro años por la ejecución extrajudicial de Eduardo José. «Nunca lo voy a olvidar porque esto queda marcado para toda la vida, la pérdida de dos hijos no es nada fácil, pero me daría alivio ver que el Estado venezolano cumple con esas peticiones», dice el padre de ambos jóvenes Ignacio Landaeta recuerda con detalle lo acontecido entre los meses de noviembre y diciembre de 1996.
En 45 días perdió «a sus dos muchachos» en distintos operativos cometidos por funcionarios de la Policía del estado Aragua.
Desde entonces, ha acudido a todas las instancias posibles para conseguir justicia por el asesinato de Igmar Alexander, de 18 años, y de Eduardo José, de 17.
Aunque cuenta con una sentencia favorable de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) desde el 27 de agosto de 2014, el Estado venezolano apenas acató la medida de publicar la sentencia de forma parcial.
Las otras seis reparaciones referentes al deber de investigar, establecer responsabilidades y sancionar a los responsables por las muertes de los hermanos Landaeta Mejías; brindar apoyo psicológico gratuito a las víctimas; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas públicas; al igual que pagar las indemnizaciones correspondientes no han sido cumplidas.
Este caso forma parte de uno de los 33 fallos que el Estado venezolano está obligado a cumplir al formar parte de la Convención Americana y otros instrumentos internacionales que, como lo dicta la Constitución venezolana, tienen estatus legal dentro del país.
De estas sentencias, 17 casos están en etapa de supervisión, se ha aplicado el artículo 65 de la Convención –se presentó un informe a la Asamblea General de la OEA– y la situación constatada no ha variado.
Otros 14 casos están en etapa de supervisión, de los cuales en nueve ya la Corte IDH ha emitido una resolución dejando constancia sobre las fallas del Estado. *Lea también: El caso Linda Loaiza y las deudas del Estado venezolano con la Corte IDH ¿Qué pasó con los hermanos Landaeta? El 17 de noviembre de 1996, Igmar Alexander Landaeta Mejías estaba en una calle de Turmero hablando con una familia a la que vendía apuestas de caballos.
Su padre recuerda que para esos años esa actividad se consideraba ilegal.
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