Viviendas donadas a hijos: las diferencias entre matrimonio y convivencia que pueden generar conflictos
Donar una vivienda a un hijo representa una decisión patrimonial de gran importancia para cualquier familia.
Muchas veces, los padres buscan asegurarle un techo, transferirle un inmueble que construyeron durante décadas o ayudarlo a formar su propio hogar .
Sin embargo, cuando el beneficiario está casado o convive en pareja, la operación puede generar consecuencias jurídicas diferentes , tanto para el titular del inmueble como para su pareja.
La escritura a nombre del hijo no significa que todas las situaciones futuras queden resueltas.
El régimen matrimonial, una unión convivencial, la protección de la vivienda familiar, los aportes económicos y los derechos sucesorios son aspectos que deben analizarse antes de concretar la transferencia.
La escribana Sonia Lukaszewicz , asesora jurídico-notarial del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, remarcó que cuando los padres donan directamente una propiedad a su hijo o le entregan dinero para comprarla , el inmueble puede revestir el carácter de bien propio.
Acotó: “Pero resulta fundamental documentar el origen de los fondos y distinguir la situación de quien recibe el patrimonio de la protección que la ley reconoce a su pareja .
La escritura a nombre del hijo no convierte a su pareja en propietaria Cuando los padres donan una vivienda exclusivamente a su hijo, la propiedad pertenece a quien recibe la donación .
La convivencia, por sí sola, no convierte al otro integrante de la pareja en copropietario ni le otorga automáticamente una parte del inmueble.
La situación requiere una distinción: la titularidad de la vivienda y la protección del hogar familiar son cuestiones diferentes .
Si el inmueble constituye la vivienda familiar, la persona titular puede necesitar el asentimiento de su conviviente para venderlo, donarlo, hipotecarlo u otorgar otros actos de disposición, según el régimen aplicable y las condiciones de la unión convivencial.
Ese requisito protege el hogar, pero no transforma al conviviente en dueño .
La diferencia también aparece cuando la pareja realiza aportes económicos.
Pagar una parte de las cuotas, financiar una refacción o contribuir con mejoras no genera, por sí mismo, un derecho de propiedad sobre el inmueble .
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