El Gobierno pone en su punto de mira el precio de los pisos en Idealista y Fotocasa
El Gobierno quiere intervenir en la actividad de las agencias inmobiliarias obligándolas a ofrecer información adicional sobre los alquileres que oferten, más allá de las características y el precio al que la vivienda se pone en el mercado.
En el borrador del decreto que PSOE y Sumar pretenden aprobar en Consejo de Ministros el próximo mes de septiembre figura una disposición que pretende exigir a las empresas que informen del precio del anterior contrato de alquiler de la vivienda y también del que marca el índice de referencia del precio del alquiler publicado por el Ministerio de Vivienda , que es el que marca el valor máximo del arrendamiento en las zonas denominadas tensionadas y el que el ministerio entiende que es razonable para una zona y unas características determinadas.
Este se deberá indicar con independencia de que la vivienda esté o no en las áreas intervenidas.El Ejecutivo quiere librar así una batalla contra las agencias, a las que ha puesto en la diana desde hace tiempo porque cree que están contribuyendo a las vertiginosas subidas del precio del alquiler en los últimos años.
La medida que quiere poner en marcha obligará al sector a «no omitir ni distorsionar información relevante que pueda inducir a error a los destinatarios» en los anuncios de alquileres que se consultan en portales inmobiliarios como Idealista, Fotocasa o Pisos.com .El texto, cuya aplicación práctica es bastante incierta por la falta de apoyos parlamentarios, prevé que los anuncios de arrendamientos informen sobre el índice de referencia del precio del alquiler para el piso en cuestión y sobre la renta del último contrato de arrendamiento de vivienda habitual vigente en los cinco años anteriores, «con independencia de que el inmueble se ubique o no en una zona de mercado residencial tensionado».Para las zonas denominadas tensionadas, la norma exigirá, de aplicarse, que la oferta o publicidad indique el límite de renta aplicable y la referencia a la normativa y parámetros que determinen dicho límite (características de la vivienda y el edificio, ubicación, etc.).
Junto a ello, también se deberá especificar el número, código o título identificativo de la vivienda arrendada (cuando proceda) y si el propietario del piso es un gran tenedor (más de 10 viviendas, aunque algunas comunidades autónomas lo han extendido a todos aquellos que tengan más de cinco propiedades) también se deberá indicar en el anuncio.
La medida, 'a priori', afectaría a las publicaciones que los profesionales inmobiliarios cuelgan en los portales de internet, redes sociales o en los escaparates de los negocios, aunque en el borrador del decreto no se hace distinción de los canales de comunicación afectados.
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