Entró en vigor: la Ley de Bienestar Animal obliga a evitar que las mascotas se reproduzcan sin control
La Ley de Bienestar Animal obliga a quienes tengan mascotas a evitar su reproducción incontrolada, reservando la cría solo a criadores registrados.
No es obligatorio esterilizar a todos los animales, pero sí garantizar medidas efectivas para evitar camadas accidentales, especialmente si conviven machos y hembras.
En el caso de los gatos, es obligatorio identificarlos con microchip y esterilizarlos antes de los seis meses, salvo que estén registrados como reproductores.
El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar multas de entre 500 y 200.000 euros, dependiendo de la gravedad y de si existe actividad comercial no autorizada.
La llegada inesperada de una camada ya no puede presentarse simplemente como un accidente doméstico. La Ley de Bienestar Animal obliga a las personas responsables de mascotas a adoptar medidas para impedir que sus animales se reproduzcan sin control.
La exigencia aparece en la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales . Fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de marzo de 2023 y entró en vigor seis meses después, el 29 de septiembre .
Su artículo 26 establece que los titulares deberán “adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía”. Añade que la cría únicamente podrá realizarse por personas inscritas como criadoras en el registro correspondiente.
Esto no significa que todos los perros, conejos, hurones u otras mascotas deban esterilizarse obligatoriamente. La norma fija el resultado que debe garantizar el responsable, pero permite adoptar distintas medidas según la especie, el sexo , el lugar donde vive y el contacto que mantiene con otros animales.
Una familia que convive con un perro macho y una hembra sin esterilizar, por ejemplo, tendrá que mantener un control efectivo durante el celo para evitar el apareamiento. La separación deberá ser real y suficiente, no limitarse a vigilar ocasionalmente a los animales.
El riesgo también existe cuando una mascota puede escapar, deambula por una finca o entra en contacto con otros ejemplares sin supervisión . Dejarla salir libremente y confiar en que no se reproduzca difícilmente puede considerarse una medida efectiva de control.
La decisión sobre la esterilización debe tomarse con asesoramiento veterinario. El profesional puede valorar la edad, la salud, la especie y los posibles riesgos de la intervención, además de explicar las alternativas disponibles cuando la cirugía no resulte adecuada.
La situación es diferente para los gatos. La Ley 7/2023 obliga a identificarlos mediante microchip y a esterilizarlos quirúrgicamente antes de que cumplan seis meses .
La excepción corresponde a los ejemplares inscritos como reproductores en el Registro de Animales de Compañía y vinculados a una persona incluida en el Registro de Criadores . Por tanto, la obligación no se limita a los gatos con acceso al exterior.
La norma presta especial atención a los denominados gatos merodeadores, aquellos que salen del domicilio sin supervisión.
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