Abogados analizan amparos frente a reforma a Ley del ISR para 2027
La reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) avanza en el Congreso, y abogados analizan junto con empresas la posibilidad de amparos frente a cambios para la estimación y pago de este impuesto.
El pasado miércoles 14 de octubre, la Cámara de Diputados avaló la reforma a la Ley del ISR , y la envió para su discusión y votación en el Senado.
Abogados en materia fiscal prevén que esta sea aprobada sin cambios en la cámara alta, y analizan la posibilidad de amparos contra cambios en materia de deducciones, pagos provisionales y amortización de pérdidas fiscales, que entrarían en vigor el primero de enero de 2027 .
Cambios al ISR que hacen ruido a empresas Afectaciones al flujo del dinero de las empresas Como parte del Paquete Económico 2027 , los diputados aprobaron tres cambios que hacen ruido a las empresas con ingresos mayores a los 50 millones de pesos. el primero son los topes a las deducciones de 96.67% de los ingresos acumulables cuando las deducciones superan este límite, y de 99% a las empresas que sus deducciones son menores a 96.67%.
El segundo, es la aplicación de factores fijos para estimar el coeficiente de utilidad que sirve para determinar los montos de los pagos provisionales del ISR.
El tercero, es un límite para la amortización de pérdidas fiscales acumuladas de 50% de la utilidad fiscal en cada ejercicio, y la ampliación de 10 a 20 años el plazo legal para deducirlas, para evitar que las empresas pierdan este derecho.
Los cambios obedecen a una necesidad de flujo de dinero del gobierno , coinciden los especialistas consultados.
Por los tiempos de aplicación de la reforma, primero se analiza un amparo frente al segundo y tercer cambio.
Para los pagos provisionales del ISR , que se hacen cada día 17 de cada mes, con la Ley actual, se calcula el pago del impuesto considerando el coeficiente de utilidad, que es el resultado de dividir la utilidad fiscal entre los ingresos nominales, entonces se toman los ingresos del mes, menos las deducciones, menos las pérdidas fiscales y la aplicación del coeficiente de utilidad.
“A partir de 2027, si tus deducciones fueron iguales o menores al 96.67% de los ingresos acumulables, se va aplicar un factor determinado de 1.0658 que se aplicará al coeficiente de utilidad, esto va aumentar los pagos provisionales en alrededor de 7%.
Si eres un contribuyente que tiene gastos fuertes, que tus deducciones son iguales o mayores al 96.67% de tus gastos, a tu coeficiente de utilidad vas a aplicarle un factor fijo de 2.6162%, lo cual quiere decir que tu pago provisional se te va a ir arriba como 200%”, explicó Christian Kaye, socio de Pérez-Llorca en el área Fiscal.
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