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España

Prisión provisional sin fianza para el detenido con 556 kilos de cocaína en Arenales de San Gregorio (Ciudad Real)

ABC España ·
Prisión provisional sin fianza para el detenido con 556 kilos de cocaína en Arenales de San Gregorio (Ciudad Real)

El detenido este jueves en una operación antidroga desarrollada en Arenales de San Gregorio (Ciudad Real) irá a prisión provisional comunicada y sin fianza en la cárcel de Herrera de La Mancha por un presunto delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud.En el auto judicial, se especifica que el Ministerio Fiscal solicitó la prisión provisional por riesgo de fuga y reiteración delictiva.

Una decisión rechazada por la defensa por entender que no concurren los presupuestos necesarios para su adopción.De su lado, la defensa ejercida por José Cabrejas, de Cabrejas Abogados, solicita la posibilidad de comparecencias periódicas, retirada del pasaporte o prestación de fianza de 25.000 euros, «pero todas ellas resultan insuficientes para evitar el riesgo de fuga por cuanto que, ante lo elevado de las penas en que pudiera incurrir y su falta de arraigo, no constituyen garantía suficiente para sujetar al investigado».En sus Fundamentos de Derecho, el juez recuerda que la prisión provisional es una medida cautelar restrictiva de la libertad personal cuya aplicación debe realizarse conforme a los presupuestos establecidos en los artículos 502 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y de conformidad con la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional, que viene reiterando que esta medida cautelar debe ser de aplicación excepcional, subsidiaria, provisional, proporcionada y encaminada a la consecución de fines constitucionalmente legítimos.«La prisión provisional , por tanto, está supeditada en su aplicación a su estricta necesidad, de ahí que su adopción deba acordarse de conformidad con los presupuestos establecidos, y es subsidiaria, en cuanto ha de valorarse no sólo su eficacia, sino si es posible su sustitución por otras medidas cautelares de menor intensidad coactiva», asevera el texto del auto.Tras analizar si en este caso concurren los presupuestos y requisitos necesarios para acordar una medida tan restrictiva para los derechos de las personas como la prisión provisional, entiende el juez que consta en la causa la existencia de hechos que revisten caracteres de delito castigado con pena de prisión superior a dos años.

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