CRT aprueba los lineamientos sobre derechos de las audiencias
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los lineamientos generales sobre los derechos de las audiencias , pero acotó su intervención sólo cuando se incumplan los procedimientos de atención a quejas, además de asegurar que no revisará contenidos , decisiones editoriales, ni determinará la veracidad de las noticias.
La aprobación de las reglas se da en un contexto de debate sectorial, donde organismos como la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI), la Asociación de Internet MX (AIMX) y la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA) , han emitido alertas sobre los potenciales riesgos que el cuerpo normativo podría representar.
De acuerdo con la comisionada presidenta, Norma Solano, se hicieron ajustes a la intervención de la CRT, por ejemplo, en el tema de Libertad de expresión , contenido en el Artículo 12 del reglamento, se eliminó el elemento de no “difundir información falsa y descontextualizada” a fin de evitar especulaciones sobre el libre ejercicio informativo.
“Se precisó para que las concesionarias de TV abierta, radio y de TV y audio de paga, adoptarán medidas para preservar la pluralidad y veracidad de la información, debiéndose apegar a los criterios editoriales y valores que establezcan en sus códigos de ética para el tratamiento de información noticiosa”, detalló Solano.
Además se eliminó parte del texto en el que se establecía que la CRT tenía la facultad de intervenir en cualquier momento a solicitud de los ciudadanos, así como determinar castigos a las empresas audiovisuales en caso de considerar una falta.
“Con esta modificación que hicimos, la Comisión sólo podrá intervenir a solicitud de las audiencias, sólo cuando no se cumpla con el procedimiento de atención a quejas (…) Para nosotros lo más importante es dejar de lado las especulaciones sobre que estamos atentando contra la libertad de expresión ”, agregó Norma Solano a El Financiero . ¿Cómo funcionará el derecho de las audiencias en México? El público tendrá siete días para presentar una inconformidad ante la Defensoría de las Audiencias, de tal manera que podrá solicitar información a la empresa comercial y, si considera que existió una vulneración, emitirá recomendaciones para que la compañía resuelva en un máximo de 20 días naturales.
Los concesionarios también deberán contar con defensorías y códigos de ética, además de mecanismos para distinguir publicidad de contenido noticioso e identificar espacios donde se mezclen información y opinión.
Recientemente, la Asociación de Internet MX (AIMX) advirtió que la Ley dejaba espacios abiertos para las decisiones discrecionales y que eran incompatibles con la libertad de expresión.
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